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Legalidad escapes deportivos


Carlitos

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Para los que llevamos escapes deportivos, será de gran interés llevar estos papeles encima para intentar de evitar la denuncia por parte de los guardias. A raiz de ciertas consultas con respecto a la legalidad de llevar o no este tipos de escapes, nos comentan..... COPIO Y PEGO Buenas a todos, compañeros. El motivo de este tema es arrojar un poco de luz acerca del tema de si es legal llevar un tubo de escape de la industria auxiliar (obviamente homologado), de si se puede pasar la ITV con el artefacto instalado, de si hay que incluirlo en la ficha técnica..... Mirando conzienzudamente el manual de reformas de importancia (que son las que deben incluírse en la ficha técnica), los únicos puntos en los que se puede englobar un cambio del sistema de escape de un vehículo son las reformas nº2 y nº43. La reforma nº2 (Modificación del motor que produzca una variación de sus características mecánicas o termodinámicas bla bla bla...) nos lleva, para los vehículos de 2 y 3 ruedas y cuatriciclos ligeros, a la reforma nº43 (La sustitución del motor por otro que corresponda a una variante diferente bla bla bla...). En esta reforma, se considera una variante de motor (y poder considerarla reforma de importancia) los que cumplan alguno de estos puntos con respecto al motor de serie (referido a vehículos de 2 y 3 ruedas y cuatriciclos ligeros): - El principio de funcionamiento del motor (de explosión, de encendido por compresión, eléctrico, mixto…) - El ciclo (2 ó 4 tiempos) - La cilindrada (diferencia superior al 30%) - El número y la disposición de los cilindros - La potencia (diferencia superior al 30%) - El modo de funcionamiento (en caso de un motor eléctrico) - El número y la capacidad de las baterías de propulsión Como véis, el único punto susceptible de influir con un cambio de escape, es en el de la potencia, pero en nuestras motos de 90 y pico caballos reales, el tubo tendría que darnos o quitarnos 30 y pico caballos para que se considerara variante de motor, con ello reforma de importancia, y con ello ser incluído en la ficha técnica. En cuanto a la reglamentación, con que no varíen las prestaciones y que el nivel de ruidos no supere el permitido (para eso los fabricantes incluyen los db killer), es perfectamente legal circular con un escape que tenga su marca de homologación troquelada y su db killer bien puesto, es perfectamente legal ir del mismo modo a la itv y pasarla sin problemas. Qué problema hay? Que algunos agentes y algunos profesionales de las estaciones itv, no tienen ni puñetera idea del detalle de estas reformas. 'El tubo si no es el de serie no vale'.... Nos habrán dicho a algunos de nosotros algún profesional de los citados colectivos. Claro, radio patio es la universidad por excelencia de este país, cada uno hace lo que le parece que está bien.... Por eso hice un pdf incluyendo el índice con todas las reformas, y las reformas nº2 y 43, que imprimí y llevo junto a la documentación de la moto; para que el dia que me paren o vaya a la itv, tengan por escrito la información del ministerio de ciencia y tecnología y no tengan duda en cómo proceder correctamente. Y si no quieren proceder como corresponde, tenemos el derecho de actuar en consecuencia, que para eso tenemos la información señores. Adjunto el archivo PDF que hice, espero que sea de utilidad y que no nos engañen más algunos desinformados de algunos colectivos. http://www.megaupload.com/?d=JZNVE6CK

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Principales posteadores en este tema

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Pues imprimir el pdf y llevarlo siempre encima por si acaso te para la benemérita diciendote que no tienes un escape legal, ya que si tienes un escape homologado puedes circular libremente con el y pasar la itv, eso es lo que recoge el pdf.Por lo menos en la itv tienes algo a lo que acogerte cuando te dicen que no la pasas por el tubo, les haces de dudar y tienen que revisar los papeles del ministerio.Esperemos que sea el ARMA DEFINITIVA CONTRA LAS ITV :perfect:

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Pues imprimir el pdf y llevarlo siempre encima por si acaso te para la benemérita diciendote que no tienes un escape legal, ya que si tienes un escape homologado puedes circular libremente con el y pasar la itv, eso es lo que recoge el pdf. Por lo menos en la itv tienes algo a lo que acogerte cuando te dicen que no la pasas por el tubo, les haces de dudar y tienen que revisar los papeles del ministerio. Esperemos que sea el ARMA DEFINITIVA CONTRA LAS ITV :perfect:

en cuanto a la ITV, vale, pero a ver como le haces a un GC "antimoteros" (afortunadamente tambien los hay moteros) que se lea el papelito...... aunque siempre puede ser de utilidad para un pliego de descargo... :oktio:
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