Hola, como te han dicho, has tenido mucha mucha suerte. Como bien dicen, en la normativa que te ha tocado estudiar especifica perfectamente que no puedes coger motos que superen los 96 cv de serie. Vamos que lo han hecho a proposito para que la gente no se compre una deportiva recien aprobado el carnet A2. Respecto a lo de reclamar al seguro por no avisarte de este detalle, te explico, cualquier vehiculo que este dado de alta en el registro de la DGT como que puede circular tiene la obligacion de poseer un seguro de responsabilidad civil, se use o no se use ese vehiculo. Si no se usa deberia darse de baja. Te lo digo porque lo se de primera mano que esto es asi, para que lo entiendas, tu tienes tu moto aparcada en tu patio y ocurre algun accidente ( por ejemplo que una persona pase por tu parcela y se le caiga encima ), esta persona te denuncia y si ese vehiculo esta dado de alta en el registro como un vehiculo util en perfecto estado de funcionamiento, debe poseer un seguro de responsabilidad civil, por lo que si no lo tiene se te caerá el pelo. Lo mismo pasa con los remolques, ciclomotores, coches, etc etc... Que luego nadie lo haga, claro, como casi todo, pero como tengas un problema de este tipo o vete tu a saber, te vas a meter en un problema. A que quiero llegar con todo esto, muy sencillo, que tu puedes ser el tomador y titular de un seguro para un vehiculo que NO tienes permiso para conducir. Sabiendo esto, tu eres el responsable de saber esto y no utilizarlo. El desconocimiento de una ley no exime de cumplirla.. Mucha mucha suerte has tenido. Un saludo.